The official Emergency Rental Assistance Program for New York State

Bienvenido al Programa de asistencia para alquileres de emergencia del estado de Nueva York (ERAP)


Proporcionado por La Oficina de Asistencia Temporal y Asistencia para Incapacitados


COMO APLICAR?

6 de febrero de 2024 Actualización importante para los solicitantes de ERAP


Tenga cuidado con los sitios web fraudulentos que afirman recopilar información del ERAP en nombre del Estado de Nueva York. Si necesita acceder a su cuenta del ERAP, utilice únicamente el portal oficial del ERAP del Estado de Nueva York (https://nysrenthelp.otda.ny.gov/en/). Sea cauteloso y evite compartir información personal en sitios web no autorizados.

Si tiene más preguntas, consulte mediante el enlace Contáctenos al final de esta página.

Ya no se aceptarán solicitudes de ERAP del estado de Nueva York.

Las solicitudes que se hayan enviado antes del cierre del portal el 20 de enero de 2023, incluidas las solicitudes de los inquilinos de viviendas subvencionadas cuyo alquiler está limitado a un determinado porcentaje de los ingresos (incluyendo las viviendas públicas, la sección 8 y el suplemento para la prevención del desalojo de familias y la falta de vivienda [FHEPS]), están en proceso de revisión y continuarán procesándose en el orden en que se recibieron, de acuerdo con la ley estatal y las reglas del programa.

Los inquilinos y los propietarios podrán seguir cargando la documentación requerida a través del portal del ERAP para las solicitudes enviadas pendientes.

Los proveedores de servicios legales aún ayudan a inquilinos y propietarios con las solicitudes del ERAP. Pueden proporcionar acceso a internet, ayudar con la carga de documentación y responder otras preguntas que pueda tener: Servicios Legales Gratuitos.

Se rechazarán las siguientes solicitudes presentadas en el portal del ERAP:

  • Hogares con ingresos superiores al 80% del ingreso medio de la zona
  • Hogares que ya han recibido 12 meses de ayuda del ERAP por retrasos en el pago del alquiler
  • Los hogares que viven en las siguientes comunidades con ingresos de hasta el 80 por ciento de los ingresos medios de la zona, no participan en el programa ERAP del estado de Nueva York. Estos hogares deben presentar la solicitud a través de su programa local. La lista puede sufrir modificaciones que se indicarán en la página web de la OTDA.

    • Ciudad de Hempstead
    • Ciudad de Islip
    • Ciudad de Oyster Bay

Notificación relativa a las solicitudes para hogares con ingresos superiores al 80% del ingreso medio de la zona

El programa financiado por el estado para hogares con ingresos de entre el 80 por ciento y el 120 por ciento del ingreso medio de la zona no recibe nuevas solicitudes desde el 14 de febrero de 2022.


Dónde puede recibir asistencia inmediata

Los hogares que necesiten ayuda inmediata para pagar los alquileres atrasados, los alquileres en curso, los alimentos o la calefacción pueden solicitarla:

  • En la oficina local del departamento de servicios sociales
  • En línea en myBenefits, en caso de zonas fuera de la ciudad de Nueva York.
  • A través de la línea de ayuda de United Way, que permite acceder a distintos servicios locales en todo el estado. Se puede llamar por teléfono marcando el 211.
  • Los residentes en Nueva York pueden obtener información sobre distintos servicios locales llamando al 311 o visitando ACCESS HRA

Protecciones para inquilinos

Consulte las Preguntas Frecuentes del ERAP para obtener más información sobre las protecciones para inquilinos vinculadas al ERAP.


Cargue la documentación del inquilino Compruebe el estado de la solicitud

Para propietarios


Los propietarios pueden participar en dos programas: El Programa de Asistencia para Alquileres de Emergencia y el Programa de Asistencia para el Alquiler a Propietarios.

Programa de Asistencia para Alquileres de Emergencia:

Este programa asiste a las familias con ingresos bajos y moderados que corren el riesgo de quedarse sin vivienda o de sufrir inestabilidad de vivienda, a través de ayudas para el pago de alquileres atrasados, ayudas temporales para el pago de alquileres y ayudas para el pago de servicios públicos atrasados. Los propietarios no pueden solicitar el ERAP sin la participación de sus inquilinos. Para más información, consulte los siguientes enlaces:

Programa de Asistencia para el Alquiler a Propietarios:

4 de agosto de 2023 Actualización importante sobre el LRAP

Ya no se reciben solicitudes para el programa de Asistencia para el Alquiler a Propietarios (LRAP): En consonancia con la ley estatal, la OTDA está procesando todas las solicitudes del LRAP de los propietarios de edificios con 20 o menos unidades que fueron presentadas antes de la fecha de cierre de solicitud del LRAP del 21 de noviembre de 2021.

Debido a la cantidad de solicitudes recibidas, actualmente la OTDA solo puede procesar las solicitudes de los propietarios de edificios con 20 o más unidades que se presentaron hasta el 18 de noviembre de 2021 inclusive.

Los propietarios que ya hayan presentado una solicitud completa aún pueden acceder a sus cuentas y cargar la documentación requerida. Esta notificación se actualizará en caso de que se disponga de fondos adicionales para pagar las solicitudes elegibles de los propietarios de edificios con 20 o más unidades que se hayan presentado después del 18 de noviembre de 2021.

Los propietarios de unidades en las que el alquiler de la vivienda esté limitado a un porcentaje del ingreso familiar no serán evaluados para determinar si cumplen los requisitos hasta que se hayan estudiado todas las demás solicitudes y solo recibirán ayuda si quedan fondos disponibles. Los tipos de vivienda afectados incluyen: inquilinos que reciben un Váucher de Elección de Vivienda de la Sección 8 o un váucher de la Sección 8 basado en un proyecto, o aquellos que residen en viviendas públicas u otras situaciones de vivienda en las que el alquiler está limitado a un porcentaje fijo de sus ingresos.

El LRAP brinda ayuda a los propietarios cuando el inquilino deja un apartamento en el estado de Nueva York con atrasos en el pago del alquiler o cuando el inquilino está atrasado en el pago del alquiler de un apartamento en el estado de Nueva York en el que reside y se niega a solicitar el ERAP.

Para solicitar cualquiera de los dos programas, los propietarios deben registrarse para obtener una cuenta y completar un formulario W9.

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